Suscribirme a la newsletter Cambios fiscales 2026 para la compraventa de vivienda

 

El 1 de enero de 2026 entraron en vigor en Álava las nuevas normas fiscales que afectan tanto a la vivienda en alquiler como en venta. En este artículo vamos a centrarnos en los principales cambios en cuanto a la compra de vivienda habitual.

Deducción por adquisición de vivienda habitual

Se incrementa la deducción por adquisición para menores de 36 años al 23 %, con el límite anual de 1.955 €. Este límite no se aplicará en el periodo impositivo en que se formaliza la adquisición de la vivienda habitual.  Si dicha vivienda se encuentra en una población alavesa de menos de 4.000 habitantes, la deducción se incrementa al 25 % con un límite máximo de 2.346 €.

Se incrementa el plazo de destino de las cantidades de la cuenta de ahorro-vivienda a la adquisición de 6 a 10 años para los que sean menores de 36 años en el momento de apertura de la cuenta.

A nivel general, a partir del 1 de enero del 2026, para tener derecho a deducción por compra de primera vivienda, la  base liquidable general y, en su caso, la base liquidable del ahorro, deberán ser iguales o inferiores a 68.000 €.

Exención por reinversión en los supuestos de transmisión de vivienda habitual

Para las viviendas habituales adquiridas a partir del 1 de enero de 2026, se establece que para la aplicación de la exención por reinversión será necesario que concurra alguna circunstancia que justifique el cambio de vivienda (hasta ahora, cualquier transmisión que generara una ganancia patrimonial era susceptible de aplicar este incentivo).

Se consideran circunstancias que justifican el cambio de vivienda las siguientes:

  • La inadecuación de la vivienda transmitida a las necesidades familiares.
  • Traslado laboral u obtención de primer o nuevo empleo.
  • Celebración de matrimonio o constitución de la pareja de hecho, por separación matrimonial o extinción de la pareja.
  • Por circunstancias de carácter económico que impidan satisfacer el pago de la vivienda.
  • Otras circunstancias análogas.

En el supuesto de la venta de una vivienda habitual a partir de 2026, si la compra de dicho inmueble hubiese sido anterior a dicha fecha, seguirá vigente la exención sin tener que justificar nada.

La nueva norma afectará únicamente a ventas futuras de viviendas adquiridas a partir de ahora.

La transmisión de inmuebles tiene una serie de implicaciones fiscales que cada año van cambiando tanto para el comprador como para el vendedor, por lo que antes de tomar una decisión de este calibre aconsejamos asesorarse bien para evitar sustos de última hora.


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